Orden ECC/1775/2015, de 1 de septiembre, por la que se autoriza la segregación y reconstitución de determinados Bonos y Obligaciones del Estado.
La Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, señala en los artÃculos 98 y 99 que corresponde al Ministro de EconomÃa la facultad de autorizar la separación de cupones y principal a efectos de su negociación, asà como la reconstitución de valores a partir de aquellos. Dicha facultad ha sido delegada en la Secretaria General del Tesoro y PolÃtica Financiera en virtud del apartado c del artÃculo 9 de la Orden ECC/1695/2012, de 27 de julio, de delegación de competencias.
El Bono a 5 años de cupón 1,15 % y vencimiento 30 de julio de 2020, fue emitido en junio de 2015, y cuenta con un saldo superior a los 5.000 millones de euros, que se consideran suficientes para garantizar su liquidez. Además, pagó un primer cupón el 30 de julio de 2015, que por motivos técnicos es una medida necesaria para declararlo segregable.
La obligación a 15 años de cupón 1,95 % y vencimiento 30 de julio de 2030, fue emitida en febrero de 2015, y cuenta con un saldo superior a los 5.000 millones de euros, que se consideran suficientes para garantizar su liquidez. Además, pagó un primer cupón el 30 de julio de 2015, que por motivos técnicos es una medida necesaria para declararlo segregable.
Por lo que antecede, en uso de las citadas competencias, dispongo:
1 Autorizar las operaciones de segregación y reconstitución sobre el Bono a 5 años, cupón 1,15 % y vencimiento 30 de julio de 2020.
2. Autorizar las operaciones de segregación y reconstitución sobre la obligación a 15 años, cupón 1,95 % y vencimiento 30 de julio de 2030.
3. Esta orden entrará en vigor el dÃa siguiente al de su publicación en el «BoletÃn Oficial del Estado».
Madrid, 1 de septiembre de 2015.–El Ministro de EconomÃa y Competitividad, P. D. (ECC/1695/2012, de 27 de julio), la Secretaria General del Tesoro y PolÃtica Financiera, P. S.(Orden ECC/1695/2012, de 27 de julio), el Subdirector General de Financiación y Gestión de la Deuda Pública, Pablo de Ramón-Laca Clausen.